Créditos de matrícula:

Vías y requisitos de acceso al título
Los requisitos de acceso están regulados en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y en el Artículo 7 del Acuerdo normativo 12189/2017 de 20 de febrero, por el que se regula el acceso y la admisión a las enseñanzas oficiales de Grado en su relación vigente conforme a su última modificación, operada por el acuerdo normativo 13551 del 16 de junio de 2020, aprobado dentro de los márgenes que el citado Real Decreto permite, según el cual podrán acceder a las enseñanzas del grado que nos ocupa, las personas que reúnan algunos de los siguientes requisitos:
Criterios de admisión
- Estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o de otro declarado equivalente.
- Estudiantes en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato internacional.
- Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
- Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad.
- Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos.
- Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado miembro para acceder a sus Universidades.
- Personas mayores de veinticinco años que superen la prueba de acceso establecida a tal efecto.
- Personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con la enseñanza.
- Personas mayores de cuarenta y cinco años que superen la prueba de acceso establecida a tal efecto.
- Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente.
- Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.
- Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la universidad les reconozca al menos 30 créditos ECTS.
- Estudiantes que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
Los alumnos de bachillerato, para acceder a los estudios de Grado en Bellas Artes, deben superar la prueba de acceso que, junto con las calificaciones del bachillerato, valora, con carácter objetivo, la madurez académica y los conocimientos que los alumnos hayan obtenido al bachillerato. También pueden participar los alumnos de ciclos formativos de grado superior que deseen subir su nota de admisión.
Otras recomendaciones:
Aun cuando se puede acceder desde cualquier modalidad de bachillerato (científicotecnológica, ciencias de la salud, ciencias sociales, humanidades, y artes), se recomiendan la modalidad de Bachillerato Artístico.
Pudiendo acceder desde las cinco opciones disponibles para el acceso a la Universidad para personal mayores de 25 años: (A) Artes y Humanidades, (B) Ciencias, (C) Ciencias de la Salud, (D) Ciencias Sociales y jurídicas e (E) Ingeniería y Arquitectura, se recomienda la opción de Artes y Humanidades.
Se puede acceder desde cualquiera de los títulos del Catálogo de ciclos de formación profesional de grado superior del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se recomiendan aquellos con mayor afinidad con la familia profesional de Artes y Diseño.
Las personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación preferentemente con el ámbito artístico que no tengan ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías, tendrán que acreditar la experiencia laboral o profesional, conforme al Art. 16 del RD 412/2014. Según la norma citada, este procedimiento se estructura en dos fases sucesivas: una de valoración y otra de entrevista personal. Dicho proceso, así como los criterios de valoración de los méritos presentados por el candidato están disponibles en el web de la UIB en el link: http://estudis.uib.es/es/grau/acces/mes_grans40/
El apoyo y la orientación de los estudiantes matriculados, además de lo que se ofrece integrado dentro de la actividad docente, se fundamenta en la acción tutorial a lo largo de los estudios universitarios; acción con la que se pretende orientar los procesos de aprendizaje de los estudiantes y ayudar en la toma de decisiones autónomas. El profesorado que asuma la función de tutoría orientará e informará al alumnado en aspectos académicos, previos a la matrícula y a lo largo de sus estudios (tutoría de carrera). La tutoría podrá ser grupal, on-line, o individual a demanda del tutor/tutora o del estudiante para tratar temas más particulares. Los tutores dispondrán de una ficha de seguimiento del proceso del estudiante. La figura del tutor o la tutora es fundamental en este proceso y entre sus objetivos particulares cabe destacar los siguientes:
- Ser un apoyo para el estudiante desde la institución universitaria.
- Realizar un seguimiento personalizado del estudiante.
- Vehicular la relación entre el estudiante y el centro.
- La tutoría de salida al mundo laboral se llevará a cabo de manera coordinada desde la Escuela Universitaria ADEMA a través del departamento de Prácticas del centro con el Departamento de Orientación e Inserción Profesional (DOIP) de la Fundación Universidad y Empresa de las Islas Baleares. Entre las funciones más específicas de los tutores cabe destacar:
- La orientación y el seguimiento de las prácticas externas.
- Asegurar que las prácticas externas se llevan a cabo en las condiciones adecuadas.
- Velar por la progresión académica del estudiante que le permita alcanzar los objetivos y las competencias previstos.
- Orientar a los estudiantes en los procesos de movilidad, en colaboración con el Servicio de Relaciones Internacionales de la UIB.
- Informar a los estudiantes de los servicios existentes en la UIB.
- Asesorar y hacer el seguimiento del trabajo de final de Grado.
Finalizados los períodos de formación académica, propiamente dicha, se ofrece la posibilidad de incorporarse a una bolsa de trabajo así como, proporcionar la ayuda necesaria para facilitar a los estudiantes su inserción en el mundo laboral.
Atención específica a los estudiantes extranjeros La Universidad de las Illes Balears (UIB) tiene convenios y acuerdos de colaboración con universidades e instituciones de educación superior de todo el mundo. Debido a ello, la UIB acoge estudiantes internacionales que realizan aquí parte de sus estudios o incluso los estudios completos. Por ello dispone un programa de acogida (http://www.uib.es/es/internacionals/mobilitat/externs/) en el que se ofrece un conjunto de informaciones básicas y de utilidad para facilitar su integración a la vida universitaria y mejorar su aprendizaje y rendimiento. El Servicio de Relaciones Internacionales (http://sri.uib.es) es el encargado de la promoción y a la gestión de la movilidad del alumnado. En la EPS, un miembro del equipo directivo es el encargado de coordinar las acciones de movilidad de los estudiantes, centralizando los contactos que puedan tener los profesores de la titulación con otras universidades y comprobando que los contratos docentes que se establecen en cada caso facilitarán el posterior reconocimiento de los créditos a través de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos. La acción tutorial de estos estudiantes seguirá los mismos cauces establecidos para todos los estudiantes.
Criterios de permanencia:
Para que un alumno pueda mantener la permanencia en los estudios de Grado, los créditos que hay que tener superados son los que aparecen en la siguiente tabla: Créditos mínimos para la permanencia en los estudios de Grado de la Escuela Universitaria ADEMA el primer año y entre los dos primeros años.
CRÉDITOS DE PERMANENCIA Primer año y entre los dos primeros años Escuela Universitaria ADEMA

Como normas generales de permanencia los alumnos tendrán las propias de la UIB: https://seu.uib.cat/fou/acord/13600/ 13600. ACUERDO ratificado del día 22 de junio de 2020 por el que se aprueba la modificación de la normativa de permanencia de los estudiantes en la Universidad de las Illes Balears. Artículo 2. Régimen de permanencia para los estudios de grado.
En el caso de las titulaciones de grado, los centros responsables de las titulaciones fijarán por acuerdo de la junta de centro, y con el visto bueno del Consejo de Dirección, el número mínimo de créditos que los estudiantes a tiempo completo tienen que superar en cada estudio , el cual fluctuará entre 12 y 30 créditos el primer año y entre 36 y 72 créditos los dos primeros años.
Los estudiantes a tiempo parcial deben superar en cada estudio al finalizar el primer año académico un mínimo de 6 créditos, y al terminar los dos primeros años académicos, un mínimo de 24 créditos.
Todos los estudiantes de titulaciones de grado deben matricularse al menos del número mínimo de créditos establecidos en el Reglamento académico de la Universitat de les Illes Balears o, en su caso, de los créditos necesarios para lograr la permanencia.
Los estudiantes de grado deben matricularse de todas las asignaturas de formación básica que les queden pendientes de cursos anteriores antes de poder matricularse de una asignatura de un curso superior.
Los estudiantes de grado deben matricularse de todas las asignaturas obligatorias y prácticas externas curriculares de carácter obligatorio que les queden pendientes de cursos anteriores, o bien de todas menos un máximo de 12 créditos en conjunto, antes de poderse matricular de una asignatura de un curso superior.
Excepcionalmente, con la autorización del Decano o Director de la Escuela, los estudiantes de Grado, e pueden matricular de asignaturas optativas de un curso sin cumplir los requisitos del punto anterior.